Viernes, 4 de noviembre · Número 209
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2016_0000009066

Administración Local

Municipal

Cabanas

Incoación expediente de ejecución subsidiaria

Incoación expediente de ejecución subsidiaria.

Secretaría

Incoación de expediente de ejecución subsidiaria por el estado de abandono de una hinca situada en la Calle de Arriba nº 14, Cabanas, parcela con referencia catastral 8177802NJ6087N0001DG, propiedad de Dª. Mónica Fernández Veiga.

Disciplina urbanística

Expte: 16.01

ANUNCIO

Vista la imposibilidad de notificar a la titular de la hinca, Dª. Mónica Fernández Veiga, situada en la Calle de Arriba nº 14 de esta localidad, parcela con referencia catastral 8177802NJ6087N0001DG, a cal si encuentra en estado de abandono y por lo que fue incoado expediente de orden de ejecución nº 16.01, se procede a practicar a presente notificación por edito a la titular de la hinca, Dª. Mónica Fernández Veiga, y a cuantas personas desconocidas habían podido ostentar derechos de propiedad o de cualquier otra índole sobre lo referido inmueble.

Acto que si notifica: Resolución de Alcaldía 510/2016, de fecha 19 de octubre de 2016, en la que si dispone el siguiente:

La vista de los antecedentes y fundamentos que anteceden, RESUELVO:

PRIMERO.- Incoar expediente de ejecución subsidiaria de ejecución de las obras referidas en los antecedentes de esta resolución en el inmueble con referencia catastral 8177802NJ6087N0001DG, sito en Calle de Arriba 14, con frente por lo su linde Norte a la carretera AC-141 a los Puentes y en lo su linde Sur con la calle de Abajo, de conformidad con los antecedentes y fundamentos de derecho anteriormente expuestos, consistentes en:

-Desbroce y limpieza de 501 m2 de terreno, con medios manuales, carga en camión y transporte a escombrera autorizado.

-Demolición completa, elemento a elemento, del anexo con una edificación colindante y/lo medianera.

SEGUNDO. - Dar traslado a la propietaria del inmueble, Mónica Fernández Veiga, y a cuantas personas desconocidas pudieran ostentar derechos de propiedad lo de cualquier otra índole sobre lo referido inmueble, del presupuesto estimado de las obras por importe de 1.098,09€, según el informe de la arquitecta técnico municipal de 16 de febrero de 2016, transcrito en los antecedentes, a fin de que pueda presentar los alegatos oportunos en el plazo máximo de diez dilas desde la notificación de esta resolución.

TERCERO.- Otorgar a la propietaria un nuevo plazo para que, bajo su responsabilidad, lleve a cabo la totalidad de las obras ordenadas mediante resolución de 8 de junio de 2016, otorgándole un plazo de diez dilas, a contar desde la notificación de esta resolución, para acercar el nombramiento de técnico responsable de la ejecución de las obras y formular las comunicaciones previas o solicitudes de licencia que sean procedentes.

CUARTO.- Advertirles expresamente que, de no dar cumplimiento al dispuesto en el párrafo anterior, se ejecutarán a su costa, subsidiariamente, las obras ordenadas mediante resolución de ejecución subsidiaria que contendrá lo importe de la valoración de las obras a realizar, que será liquidado la cuenta, y requerido su pago con antelación a la realización de las obras, a la reserva de la liquidación definitiva.

De no retirarse los bien muebles y enseres con anterioridad a la fecha fijada para la ejecución subsidiaria de las obras , se considerarán como parte del conjunto a demoler.

QUINTO.- Se le comunica a los obligados que, estando advertidos pala Administración de los riesgos existentes, serán de su responsabilidad los daños y perjuicios que se puedan ocasionar.

SEXTO.- Notificar a los interesados a presente resolución, con la advertencia de que contra ella no cabe interponer recurso alguno por tratarse de un acto de trámite.”

Toda vez que , en atención al previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el acto no se publica en su integridad, se le hace saber a la interesada, Dª. Mónica Fernández Veiga, que el texto íntegro de la Resolución que si notifica si encuentra a su disposición en la Secretaría del Ayuntamiento de Cabañas.

 

Cabañas, 31 de octubre de 2016.

El Alcalde,

Germán Castrillón Permuy

2016/9066

 

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