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Arteixo
Personal
Anuncio de las bases de tres plazas de técnico de administración general
CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA La COBERTURA EN PROPIEDAD DE TRES PLAZAS DE TÉCNICO DE ADMINISTRACION GENERAL, PERSONAL FUNCIONARIO DE CARREIRA, POR El PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ARTEIXO
1. Obxeto.
Es objeto de la presente, la regulación del proceso selectivo a través del procedimiento de Concurso- Oposición, para cobertura en propiedad de tres plazas de personal funcionario de Técnico de Administración General, correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1 (establecidos en el art 76 del RDLex 5/2015 de 30 de octubre del texto refundido del EBEP), encuadradas en la Escala de Admón general, Subescala Técnica incluidas en la OEP 2017 del Ayuntamiento de Arteixo (BOP A Coruña n.º 99, de 29 de mayo)
Las principales funciones de las plazas de Técnico de Administración general, según los distintos departamentos de adscripción (Contratación, Urbanismo y Obras y Servicios) son las de redacción de informes técnicos y de naturaleza jurídica, emisión de propuestas técnicas de resolución y de asesoramiento técnico legal de los expedientes de su competencia; instrucción de procedimientos sancionadores; disciplina urbanística; pliegos de contratación, expedientes de responsabilidad patrimonial, expedientes de bienes, expropiaciones y similares y cualquier otro propio de la categoría y cualificación profesional que poda considerarse propia del puesto de trabajo
2. Requisitos exigidos.
2.1.–Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.º. Nacionalidad: tener la nacionalidad española, sin perjuicio del dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.º. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las funciones que se deriven del puesto por desempeñar.
3.º. Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
4.º. Habilitación: no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública, de órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas mediante expediente disciplinario, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, tanto para el acceso a la función pública como para ejercer funciones similares como personal laboral sin que fuera separado o inhabilitado.
En el caso de los extranjeros, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni ser sometido la sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado de origen, el acceso al empleo público en los mismos tener que los de los españoles.
5.º. Titulación: Estar en posesión de algún de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el pazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto el Grado, según el previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los Cuerpos o Escalas clasificados en el subgrupo A1 de la Administración General.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que habían obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
6.º. Poseer un título acreditativo del nivel de conocimiento de la lengua Gallega CELGA IV, equivalente o superior. Los aspirantes que no a acrediten deberán superar una prueba de conocimiento de la lengua gallega.
2.2.–Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Instancias y plazos de presentación.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en el modelo debidamente cumplimentado o en la sede electrónica o podrán presentarse en cualquier de las formas determinadas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE/BOE, toda vez si tengan publicadas las presentes Bases reguladoras en el BOP de A Coruña y anuncio de convocatoria en el DOG.
Complementariamente, las bases se publicarán en la web municipal a los meros efectos informativos, sin que tal publicidad sirva para determinación alguna de plazos de presentación de instancias.
Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, el/las aspirantes deberán manifestar en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
A La instancia se acompañará inexcusablemente de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
– DNI (en su defecto, resguardo del DNI, pasaporte o carné de conducir).
– Titulación requerida.
– Declaración jurada específica de los requisitos contemplados en la base 2.º. 4.º) o, en su caso, declaración contenida en el Modelo de Instancia adjunto a las presentes bases.
– Curriculo vitae según esquema del baremo de méritos establecido en las presentes Bases con copia de todos los méritos académicos y profesionales. Los méritos profesionales deberán acreditarse con copia de los contratos de trabajo y el Informe de Vida laboral o, en el caso de Administraciones públicas, copia del contrato y/o acta de nombramiento y Certificado expedido por el Fedatario público de la Admón. en el que deberá reflexarse el grupo/subgrupo del plaza desempeñada, cómputo de fechas y especificación de la jornada (completa o parcial).
– Copia del Celga IV, Título de perfeccionamiento o titulación equivalente, a los efectos de exención de realización de prueba de gallego.
– Carta de pago de haber abonado los derechos de examen en los servicios económicos municipales (Tesorería) o copia compulsada del justificante de ingreso en las cuentas municipales designadas (que serán facilitadas telefónicamente a los interesados). Ningún caso la presentación y pago de la tasa por derechos de examen supondrá relevo del trámite de presentación de instancia. Asimismo la ausencia de justificante del abono de los derechos de examen, dentro del plazo de presentación de instancias, no podrá ser objeto de subsanación, determinando la exclusión del/a aspirante.
Quedarán exentos del pago de las tasas de derecho de examen, aquellos aspirantes que acrediten minusvalía y/o situación de desempleo de larga duración (a tal efecto deberá aportarse junto con la instancia el certificado de minusvalía superior al 33% o certificado del INEM de estar en situación de desempleo durante 1 año o mas tiempo) según la Ordenanza fiscal n.º 11 del Ayuntamiento de Arteixo.
b) Los derechos de examen se establecen en 35,50 €, y solo serán devueltos a quién no había sido admitido/a a el proceso selectivo por no reunir los requisitos exigidos en el epígrafe 2.º de las presentes bases, esto es únicamente a aquellos aspirantes que resulten excluidos en el Listado definitivo.
4. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía-Presidencia dictará Resolución por la que se declarará aprobada el listado provisional de admitidos y excluidos con indicación, en su caso, de los motivos de exclusión y del plazo para la corrección de la documentación que, según los términos de la Ley 39/2015 es de 10 días hábiles desde la publicación en el BOP de A Coruña, tablero de anuncios y sede electrónica de la aprobación del listado provisional. Complementariamente y a los únicos efectos informativos el listado provisional se publicará en la página web municipal .
En el listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos, también se designará nominativamente a los miembros integrantes del Tribunal seleccionador.
En el caso de no existir aspirantes excluidos, se podrá elevar la definitiva el listado provisional en la misma resolución. Se publicará en el BOP, tablero de edictos de la Casa del Ayuntamiento, así como en la sede electrónica y complementariamente a los meros efectos informativos, en la página web municipal, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar, día y hora de comienzo de las pruebas selectivas. Esta publicación será determinante a los efectos de posibles impugnaciones y recursos, de conformidad con el previsto en la ley.
Comenzado el proceso selectivo, la publicación de los sucesivos anuncios para la celebración de las pruebas restantes, así como el listado de los aspirantes aprobados en cada ejercicio, se efectuará en el tablero de Edictos de la Casa del Ayuntamiento y web municipal.
5. Tribunal calificador.
5.1. En el Decreto de la Alcaldía de aprobación del listado provisional, se determinará nominativamente la composición del tribunal calificador, con titulares y suplentes, a los efectos de los supuestos de abstención/recusación de los miembros designados.
5.2. El tribunal calificador se nombrará de conformidad con el artículo 55.1.c) y d) y art. 60 del Texto Refundido de la Ley 7/2007 del Estatuto del Empleado Público, así como garantizando la competencia técnica, nivel de titulación y paridad en su composición, de conformidad al establecido en la Ley de Igualdad del Home y de la Mujer y estará compuesto de la siguiente manera:
Presidente/a: personal funcionario de carrera del grupo/subgrupo A1 del Ayuntamiento de Arteixo o de otra administración pública.(titular y suplente).
Secretaria/el, quien actuará con voz y voto: el/a secretario/a de la Corporación o funcionario de la Corporación que le sustituya (titular y suplente).
Vocales: tres vocales, siendo funcionarios de carrera o personal laboral hizo del Ayuntamiento de Arteixo o de otra administración pública. (titular y suplente).
El Tribunal podrá disponer de la incorporación de asesores especialistas, que actuarán con voz y sin voto, cuando las circunstancias así lo aconseje.
Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándoselo a la autoridad convocante, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Asimismo, los interesados podrán promover la recusación de acuerdo con lo señalado en el artículo 24 de la citada norma.
5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, cuando menos, de tres de sus miembros, siendo preceptiva la asistencia del Presidente y del Secretario, titular o suplente.
5.4. El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver las cuestiones que se puedan suscitar durante el proceso selectivo, así como adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden del concurso-oposición en todo el que no esté previsto en las Bases.
5.5. Los acuerdos adoptados por el Tribunal calificador atardecer impugnables en los supuestos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Los miembros del Tribunal tendrán derecho a asistencias por su participación en las sesiones del Tribunal de acuerdo con el dispuesto en el artículos 1.1d) y 27.1b), 29 y 30 y Anexo IV del RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
5.6. En la Resolución de aprobación del listado definitivo se entenderán resueltas (estimadas/desestimadas) las solicitudes de enmienda/subsanación, así como recusación/abstención de los miembros de la Tribunal, de ser el caso.
6.–Contenido del proceso selectivo, forma de desarrollo y sistema de cualificación.
Desarrollo del proceso selectivo: el proceso selectivo a través de procedimiento de concurso-oposición, consistirá en una fase de concurso (40%), previa a la fase de oposición (60%), de conformidad al siguiente baremo de méritos:
6.1. FASE DE CONCURSO: CARÁCTER NO ELIMINATORIO. BAREMO DE MÉRITOS.
La puntuación máxima posible en esta fase de concurso es de 40 puntos.
FORMACIÓN ACADÉMICA (máximo de 15 puntos)
Únicamente serán valorados aquellos méritos formativos relacionados con la plaza convocada y/o con la Administración Pública, y realizados por centros homologados, colegios profesionales, sindicatos, Administraciones Públicas y similares acreditados oficialmente. En el supuesto de no figurar el número de horas lectivas (o conversión de equivalencia, ejemplo: créditos) los cursos no serán valorados. En el caso de cursos de informática no serán tenidos en cuenta aquellos propios de informática de usuario, así como tampoco aquellos con más de 10 años de antigüedad.
La valoración de los distintos cursos es excluyente, de manera que no podrá valorarse dos veces un único curso/título ni podrán valorarse fraccionadamente, esto es, no serán valorados independientemente los cursos que formen parte de los créditos para obtención de una titulación académica.
Formación directamente relacionada con la plaza convocada y/o funciones (máximo 10 puntos):
– Títulos universitarios de Postgrao, Másteres o Doctorado y/o cursos de duración lectiva igual o superior a 300 horas: 3 puntos por cada uno.
– Cursos de 150 a menos de 300 horas: 1,5 puntos por cada uno.
– Cursos de 100 a menos de 150 horas: 0,75 puntos por cada uno.
– Cursos de 75 a menos de 100 horas: 0,50 puntos por cada uno.
– Cursos de 50 a menos de 75 horas: 0,25 puntos por cada uno.
– Cursos de 25 a menos de 50 horas: 0,15 puntos por cada uno.
– Cursos de menos de 25 horas: 0,05 puntos por cada uno.
Otra formación relacionada con la Administración pública (máximo 2 puntos):
Por formación relacionada con la Administración pública e indirectamente con el puesto de trabajo, incluida formación transversal (procedimiento administrativo, gestión de expedientes, contratación administrativa e inclusive acciones formativas en políticas de igualdad, prevención de riesgos en trabajos de oficina, organización de equipos humanos y similares): 0,05 por cada 20 horas acumuladas ate un máximo de 2 puntos.
Informática (máximo 2 puntos):
– Por cursos/formación de informática relacionados con las funciones de la plaza convocada, tramitación telemática, gestión de expedientes y similares: 0,15 puntos por cada 30 horas acumuladas hasta un máximo de 2 puntos.
Idioma gallego (máximo 1 punto):
– Por cursos de gallego de nivel superior al de perfeccionamiento/CELGA IV que exime de la realización del 4.º ejercicio: curso de lenguaje administrativo, nivel medio: 0,5 puntos; nivel superior: 1 punto.
EXPERIENCIA PROFESIONAL (hasta un máximo de 25 puntos):
Las puntuaciones de cada apartado del epígrafe de experiencia laboral son independientes y excluyentes y ningún caso, podrá alcanzarse con la suma de los distintos apartados una puntuación superior al máximo de 25 puntos establecido.
La experiencia profesional deberá acreditarse con copia de los contratos de trabajo mas informe de vida laboral o, en el caso de Administraciones Públicas, certificado expedido por el Fedatario Público de la Administración en el que se especifique el puesto de trabajo, grupo de pertenencia o equiparación, duración del contrato/nombramiento y tipología jornada. La puntuación de la experiencia profesional referida anteriormente está referida a jornada completa, siendo que en el supuesto de jornada parcial, se otorgará la puntuación proporcional correspondiente
– Por experiencia profesional como Técnico superior de Administración general en la Admón. Pública, A1 en Departamentos/Servicios de Contratación o Urbanismo u Obras/Servicios: 0,50 puntos por cada 6 meses acumulados.
– Por experiencia profesional como Técnico de gestión de Admón. General en la Admón. Pública, A2 en Departamentos/Servicios de Contratación o Urbanismo u Obras/Servicios: 0,40 puntos por cada 6 meses acumulados.
– Por experiencia profesional como Técnico superior de Admón. General grupo A1, en otras áreas/servicios, en la Admón. pública: 0,30 puntos por cada 6 meses acumulados.
– Por experiencia profesional como Técnico de gestión de Admón. General grupo A2, en otras áreas/servicios, en la Admón. pública 0,20 puntos por cada 6 meses acumulados.
Las puntuaciones de cada apartado se otorgarán sumando todos los meses de experiencia, dividiendo entre 6 y multiplicando por la puntuación correspondiente de cada apartado con un máximo de dos decimales.
El tribunal elaborará un listado de las puntuaciones otorgadas a los/a las aspirantes en esta fase de concurso, que se hará pública en el tablero de edictos de la Casa del Ayuntamiento y en la web municipal, durante un plazo de 3 días hábiles para posibilitar la presentación de alegatos/reclamaciones de los/las aspirantes. Transcurrido este plazo, el tribunal resolverá los posibles alegatos sin que tal incidencia interceda o suspenda la continuidad del proceso selectivo de la fase de oposición.
La puntuación obtenida en la fase de concurso (máximo 40 puntos = 40% del total del proceso selectivo) de carácter no eliminatorio, no servirá para la superación de ningún ejercicio de la fase de oposición (máximo 60 puntos = 60% del total del proceso selectivo).
6.2. FASE DE OPOSICIÓN: CARÁCTER ELIMINATORIO.
6.2.1. Desarrollo de la fase de oposición
a) Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos del proceso selectivo quien no comparezca, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados discrecionalmente por el tribunal.
b) El orden de actuación de los opositores en aquellos ejercicios o pruebas que no podan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primero apellido comience por la letra «Q», de conformidad con el previsto en la Resolución de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado (BOE/BOE n.º 66, del 18/03/2019).
c) Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los ejercicios se harán públicos en el tablero de edictos y, complementariamente, en la web municipal y en la sede electrónica con una antelación que posibilite que desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un pazo mínimo de 48 horas.
Cuando el tribunal el considere conveniente, podrá acordar la celebración de varios ejercicios en una misma jornada, concediéndole a los opositores un descanso mínimo de treinta minutos entre la celebración de estos.
d) En cualquier momento del proceso selectivo los órganos competentes de selección podrán requerir a los opositores para que acrediten su identidad. No obstante, los ejercicios de la fase de oposición se realizarán con código de anonimato
y) Si en cualquier momento del proceso selectivo había llegado a conocimiento del Tribunal que algún de los aspirantes no cumple todos los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Sr./Sr. alcalde, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
f) Concluido cada un de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública, en el tablero de anuncios y en la web municipal, la relación de aspirantes que habían alcanzado el mínimo establecido para superarlo con indicación de la puntuación (en el caso de ejercicios eliminatorios) o bien la cualificación obtenida (en el caso de ejercicios no eliminatorios), pudiendo publicarse nombre y apellidos parciales o dni parcial o código de anonimato de los aspirantes presentados.
Los/las aspirantes podrán presentar alegatos las cualificaciones publicadas en el plazo de 3 días hábiles, sin que esto implique paralización o suspensión del proceso selectivo, salvo que el Tribunal así el considere para mayor seguridad jurídica del procedimiento
g) El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios que tengan que ser corregidos directamente por el Tribunal sean corregidos sin que si conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.
A tal efecto, una vez efectuada la corrección de los ejercicios indicados, se procederá por parte del Tribunal a la apertura de los sobres cerrados que permitan asociar a cada aspirante con su código identificativo.
h) Los ejercicios que se celebren por escrito podrán ser leídos públicamente, si así el acuerda el tribunal juzgador.
Cómo norma general, se establecerá un plazo de tres días hábiles, contados desde la fecha de publicidad de las cualificaciones de los distintos ejercicios, para solicitar revisión de exámenes realizados o para presentar reclamaciones sobre cualificaciones otorgadas por el Tribunal. Todo esto sin perxuizo del establecido legalmente en la Base final sobre impugnaciones de las actuaciones del Tribunal.
Con carácter general en todos los ejercicios de la fase de oposición se tendrán en cuenta las normas de derecho positivo relacionadas en el temario que esté en vigor en el momento de publicación de la relación definitiva de aspirantes admitidos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá calificar los ejercicios de los aspirantes de acuerdo con los criterios de corrección y los baremos de puntuación establecidos en esta convocatoria y, en el supuesto de desarrollar los mismos, deberá acreditar el conocimiento de estos por parte de los/las aspirantes con carácter previo a la realización de los ejercicios.
6.2.2. Ejercicios de la fase de oposición.
La oposición constará de 4 ejercicios, todos ellos obligatorios y eliminatorios tres de ellos, de modo que no podrán pasar al siguiente ejercicio los aspirantes que no alcancen la cualificación mínima establecida para cada uno de ellos.
La puntuación máxima que se podrá alcanzar en la fase de oposición será de 60 puntos.
Primero ejercicio: EXAMEN TEÓRICO SORTEO TEMAS. Carácter obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la realización de un ejercicio teórico consistente en la exposición escrita de dos temas de un total de 4 elegidos aleatoriamente por sistema de sorteo, relacionados con el temario anexo de la convocatoria.
La duración máxima para la realización de este ejercicio será de 120 minutos, pudiendo el tribunal determinar tiempos inferiores si así lo estima te convine.
Toda vez finalizado el tiempo de examen, el tribunal podrá determinar la lectura del ejercicio si así el estima te convine, quedando capacitado para realizar cuanta pregunta/aclaración consideren en relación a la exposición escrita de los/las aspirantes. La lectura del ejercicio en ningún caso podrá ser superior a 30 minutos para cada uno/ha de los/las aspirantes.
En el supuesto de que algún/ha aspirante no proceda a la lectura, en el supuesto de que el tribunal determine la misma, la cualificación del ejercicio será directamente No Apto, sin madres evaluación.
El ejercicio será calificado de 0 a 20 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación de 10 puntos para superarlo, dado su carácter eliminatorio.
Los criterios específicos de cualificación del ejercicio podrán ser desenvueltos previamente por el tribunal en base a los criterios generales expuestos de sucesivo. En este supuesto se acreditará el conocimiento de estos por parte de los/las aspirantes en el momento de realización del ejercicio:
a) Serán criterios de cualificación la evaluación de los conocimientos teóricos así como la capacidad expositiva y de síntesis
b) Del máximo total de puntuación (20 puntos) corresponderá un máximo de 10 puntos a cada tema desenvuelto (de 0 a 10 puntos para cualificación del tema correspondiente al temario general y de 0 a 10 puntos para cualificación del tema correspondiente al temario específico)
c) El tribunal calificará los ejercicios en base a un esquema previo en el que se contengan los conceptos y referencias mínimas y máximas para el desarrollo de los temas elegidos por sorteo
El tribunal no podrá valorar el ejercicio de aquellos/las opositores que habían dejado sin desarrollar en absoluto algún de los temas, siendo estos cualificados directamente como No Aptos.
Según ejercicio: EXAMEN TEÓRICO PREGUNTAS CORTAS (carácter obligatorio y no eliminatorio)
Consistirá en la realización de un ejercicio teórico consistente en la exposición escrita de 5 preguntas cortas, preparadas con carácter previo por el tribunal y relacionadas con las funciones de la plaza y/o con el temario anexo la convocatoria.
La duración máxima para la realización de este ejercicio será de 120 minutos, pudiendo el tribunal determinar tiempos inferiores si así el estima conveniente.
La cualificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos y dado su carácter no eliminatorio, no será necesario alcanzar una puntuación mínima para superarlo. No obstante, dado el carácter obligatorio, deberán acudir todos/las aspirantes aptos en el primero ejercicio, siendo que de existir algún/ha aspirante no presentado/a a este ejercicio, se considerará que decae en su derecho de continuar participando en el proceso selectivo.
Tercero ejercicio: EXAMEN PRÁCTICO (obligatorio y eliminatorio)
Consistirá en la resolución de un o varios supuestos prácticos (máximo 5) propuestos por el tribunal con carácter inmediatamente previo a la realización del examen, relacionados con el temario anexo a las presentes bases y con las funciones propias de la plaza convocada, durante un tiempo máximo de dos horas.
Toda vez finalizado el tiempo de examen, el tribunal podrá determinar la lectura del ejercicio si así el estima conveniente, quedando capacitado para realizar cuanta pregunta/aclaración consideren en relación a la exposición escrita de los/las aspirantes. La lectura del ejercicio en ningún caso podrá ser superior a 30 minutos para cada uno/ha de los/las aspirantes.
En el supuesto de que algún/ha aspirante no proceda a la lectura, en el supuesto de que el tribunal determine la misma, la cualificación del ejercicio será directamente No Apto, sin madres evaluación.
Para la resolución de este ejercicio, el/a opositor/a podrá utilizar normativa estatal y autonómica en documento papel. Durante el desarrollo de esta prueba los/las aspirantes podrán consultar los textos legales y jurisprudenciales no comentados de los que acudan proveídos/las, con la autorización del Tribunal. Los miembros del tribunal quedan competencialmente capacitados para revisar el apoyo documental de los/las aspirantes.
En este ejercicio, se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados. Se estimará especialmente la sistemática en la propuesta, el planteamiento de conclusiones, conocimiento e idónea aplicación de la normativa vigente y la ponderación de cada un de estos criterios en cada un de los supuestos será puesto en conocimiento de los/las aspirantes con carácter previo a la realización del ejercicio.
El ejercicio será calificado de 0 a 30 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación de 15 puntos para superarlo, dado su carácter eliminatorio.
En el caso de ponerse varios supuestos prácticos por el tribunal, se se valoran con distinta puntuación cada un de ellos, deberá indicarse en el ejercicio entregado al/a la opositor/a la ponderación sobre el total de este ejercicio o la puntuación de cada uno de ellos.
Cuarto ejercicio: CONOCIMIENTO DEL GALLEGO (carácter obligatorio y eliminatorio, siendo la cualificación de Apto o No Apto)
Consistirá en la traducción escrita directa de un texto en castellano facilitado por el tribunal, a la lengua gallega, en un tiempo máximo de 30 minutos. El texto será escogido por el tribunal calificador del proceso selectivo inmediatamente antes de celebrarse la prueba, pudiendo formarse con párrafos de distintos textos, correspondiéndole al tribunal la fijación del nivel de conocimiento exigido para superar esta prueba, dado que el texto no podrá tener mas de 100 palabras, siendo calificados cómo no aptos aquellos/las aspirantes que tengan 10 errores o mas (tanto de traducción, como de gramática como de acentuación).
Habían debido realizar esta prueba aquellos/las aspirantes que no presenten el certificado en el plazo de presentación de instancias y referido a la fecha de final, de tener superados los estudios conducentes a la obtención del nivel del conocimiento del gallego CELGA IV exigido, expedido por organismo oficial para tal efecto, o título acreditativo expedido por entidad académica para tal fin. Los/las aspirantes que acrediten la posesión del referido título estarán exentos de la realización de esta prueba, considerándose en este caso directamente cómo Apto .
Los/las aspirantes que no acreditaran estar en posesión del CELGA IV o equivalente y que no superaran esta prueba quedarán excluidos/las del proceso selectivo.
7. Cualificación final y propuesta nombramiento.
La puntuación final de las pruebas selectivas, a los efectos de ordenación de los/las opositores/las en la relación de aprobados vendrá determinada por la suma total de las cualificaciones obtenidas en cada un de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición mas la puntuación obtenida en la fase de concurso. El tribunal no podrá declarar que supera el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el número de plazas convocadas (tres) pero no obstante, se elaborará un listado de prelación de aspirantes ordenada según las cualificaciones finales del proceso selectivo para supuestos de renuncia, baja voluntaria y/o cobertura temporal de vacantes exclusivamente de la plaza convocada TAX. En el supuesto de que ningún/ha aspirante supere el proceso selectivo, el tribunal declarará desierta la convocatoria.
En caso de empate en las cualificaciones finales, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate prevalecerá el/a aspirante con la mayor puntuación en el ejercicio práctico (supuesto práctico). En el supuesto de persistir el empate, por el/a aspirante con la mayor puntuación en el primero ejercicio, y si esto no había sido suficiente, en el segundo y primero, por este orden, y de persistir el empate se resolverá por el orden alfabético a que se refiere la base 6.2.1.
La publicación del listado ordenado de aspirantes según cualificaciones finales será expuesta en el tablero de edictos de la Casa del Ayuntamiento y en la web municipal y en el plazo de 3 días hábiles siguientes a la publicación, se podrán presentar reclamaciones o alegatos las mismas. Finalizado el plazo de exposición referido, el tribunal calificador resolverá las reclamaciones/alegatos presentados elevando a propuesta de cualificaciones finales y de propuesta de nombramiento de los/las aspirantes que alcancen las tres primeras posiciones, a la Alcaldía-Presidencia, que resolverá propuesta final de nombramiento a la mayor brevedad.
8. Presentación de documentación, toma de posesión y adscripción a los puestos de trabajo.
El/las aspirantes propuesto/las deberá presentar dentro del plazo máximo de 20 días naturales (a contar desde el día siguiente a aquel en que se hizo pública el listado final de puntuaciones con la propuestas de nombramiento/contratación), los documentos acreditativos de reunir todos y cada un de los requisitos que se exigen para tomar parte en la selección, así como toda la documentación requerida por el Dpto. de Personal con el fin de efectuar el nombramiento cómo personal funcionario de carrera de esta Administración. Estarán exentos, si tuvieran relación anterior con esta Administración local, de la justificación documental, aquellos que lo hubieran demostrado para obtener su anterior nombramiento/contrato.
El/las aspirantes que dentro del plazo señalado, excepto en los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación exigida, no podrán ser nominados, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedade dimanante de la solicitud para participar en el concurso-oposición. En este casos en los que no se proceda a la toma de posesión sin exista causa justificada, se entenderá que el/a aspirante renuncia, decayendo en todos los sus derechos. En este supuesto, el alcalde-presidente formulará propuesta de nombramiento a favor del/a siguiente candidato/a según el orden de prelación de puntuaciones totales del proceso selectivo.
A adscripción a los puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas tendrá carácter definitivo y se efectuará por preferencia de los/las aspirantes según el orden de prelación de las puntuaciones totales.
9. Norma final, legislación aplicable y régimen recursos.
Estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de las mismas, así como las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal quieta facultado para resolver las dudas que se presentar y tomar los acuerdos necesarios para el bueno orden del proceso selectivo, en todo cuanto no esté previsto en estas bases.
La legislación aplicable al presente procedimiento es a siguiente:
− Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública (en aquellas disposiciones aún vigentes y que sean básicas)
− Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
− Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto legislativo 781/1986, de 13 de junio (en aquellas disposiciones básicas).
– Ley 2/2015, de 29 de abril, de Empleo Público de Galicia.
− Ley 5/1997, de 22 de julio, de la administración local de Galicia.
− Texto refundido de la Ley de igualdad de las mujeres de Galicia.
− Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por lo que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.
− Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por lo que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado y demás disposiciones aplicables.
– Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Publicas y Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen jurídico del sector público
Las presentes bases, así como cuantas actos administrativos si deriven de ellas y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Publicas y Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen jurídico del sector público.
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ANEXO I
MODELO INSTANCIA
D./doña ......................................................................................, con DNI núm. .........................................., con dirección ..................................................................., C.P. ..................., localidad ........................................ y teléfono de contacto ............................................ y e-mails................................................................................
EXPONE:
Que teniendo conocimiento de la apertura del plazo de presentación de instancias de 3 plazas de personal funcionario de carrera de TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE ARTEIXO, y
Declarando explícitamente cumplir los requisitos establecidos en las Bases reguladoras de la convocatoria y, ase mismo, declarando no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones correspondientes a dichos puestos y, no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Publicas, ni estar inhabilitado para el desarrollo de funciones publicas por sentencia firme.
Y efectuando por la presente Declaración responsable de la exactitud y veracidad de la copia de la documentación que se aporta junto a la presente:
1.–DNI.
2.–Titulación establecida cómo requisito de acceso en la categoría a la que opta.
3.–Acreditación de conocimiento de lengua gallega para exención de realización de prueba de gallego (CELGA IV o perfeccionamiento o equivalente).
4.–Acreditación de discapacidad de ser el caso.
Por todo lo expuesto SOLICITA :
Sea admitida esta Instancia para participar en la convocatoria de la Bolsa de Trabajo para cobertura interina de puestos vacantes de Técnico de Administración General del Ayuntamiento de Arteixo
Fecha, DNI y firma del/a aspirante:
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INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS.–De acuerdo con lo establecido por la normativa vigente en materia de protección de datos, le informamos de que el Responsable de Tratamiento de sus datos personales es el AYUNTAMIENTO DE ARTEIXO, con dirección PLAZA ALCALDE RAMÓN DOPICO N.º 1. 15142 ARTEIXO (A Coruña). Sus datos serán utilizados para el trámites estrictamente necesarios relacionados con su solicitud El hecho de que no nos facilite parte de la información solicitada podrá suponer la imposibilidad de prestarle el servicio solicitado. Los datos facilitados se conservarán mientras no se solicite la supresión de los mismos y durante el tiempo necesario para dar cumplimiento a las obligaciones administrativas derivadas de su solicitud y, los mismos podrán ser publicados en los listados resolutivos de admitidos, en el Boletín Oficial correspondiente, tablero de edictos municipal y página web. Tiene usted derecho a acceder, rectificar o suprimir los datos erróneos, solicitar la limitación del tratamiento de sus datos así como oponerse o retirar el consentimiento en cualquier momento. El AYUNTAMIENTO DE ARTEIXO dispone de formularios específicos para facilitarle el ejercicio de sus derechos. Pode presentar su propia solicitud o solicitar nuestros formularios, siempre acompañados de una copia de su DNI para acreditar su identidad en la dirección PLAZA ALCALDE RAMON DOPICO, N.º 1. 15142 ARTEIXO (A Coruña), aportando copia de su DNI.
Al SR./SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ARTEIXO
ANEXO II
TEMARIO
Tema 1.–La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. A constitucionalización del principio de estabilidad presupuestaría. La reforma constitucional.
Tema 2.–La organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. Los Estatutos de Autonomía. La organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas. La reforma de los Estatutos de Autonomía.
Tema 3.–El sistema de la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Jurisprudencia constitucional. El marco competencial de las entidades locales.
Tema 4.–La Unión Europea: origen y evolución. Instituciones y organismos de la Unión Europea: composición, funcionamiento y competencias. La Unión Económica y Monetaria.
Tema 5.–El Derecho de la Unión Europea. Tratados y derecho derivado. Las directivas y los reglamentos comunitarios. Las decisiones, recomendaciones y dictámenes. Derecho europeo y derecho de los países miembros. Relaciones con Comunidades Autónomas y entidades locales.
Tema 6.–La Administración pública y el derecho. El principio de legalidad en la Administración. Potestades reguladas y discrecionales: discrecionalidade y conceptos jurídicos indeterminados. Límites de la discrecionalidade. Control judicial de la discrecionalidade. La desviación de poder.
Tema 7.–El ordenamiento jurídico-administrativo. El derecho administrativo: concepto y contenidos. Él derecho administrativo básico dictado en virtud del artículo 149.1.18.ª dé Constitución. Tipos de disposiciones legales. Los tratados internacionales.
Tema 8.–El ordenamiento jurídico-administrativo. El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria. El procedimiento de elaboración. Límites. El control de la potestad reglamentaria.
Tema 9.–Las personas ante la actividad de la Administración: derechos y obligaciones. El interesado: concepto, capacidad de obrar y representación. La identificación de los interesados y sus derechos en el procedimiento.
Tema 10.–El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La forma y la motivación.
Tema 11.–La notificación: contenido, plazo y práctica en papel y a través de medios electrónicos. La notificación infructuosa. La publicación.
Tema 12.–La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.
Tema 13.–La ejecutividad de los actos administrativos: el principio de autotutela ejecutiva. Ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa. La vía de hecho.
Tema 14.–La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo.
Tema 15.–Disposiciones generales sobre el procedimiento administrativo. El medios electrónicos aplicados al procedimiento administrativo común.
Tema 16.–La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos.
Tema 17.–La adopción de medidas provisionales. El tiempo en el procedimiento. Tener y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia.
Tema 18.–La instrucción del procedimiento. Sus fases. La intervención de los interesados.
Tema 19.–La ordenación y tramitación del procedimiento. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.
Tema 20.–Terminación del procedimiento. El deber de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional.
Tema 21.–El incumplimiento de los plazos para resolver y sus efectos. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desestimento y la renuncia. La caducidad
Tema 22.–La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividade.
Tema 23.–Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.
Tema 24.–La Jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción y sus competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso administrativo. Causas de inadmisibilidade.
Tema 25.–La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. Especialidades del procedimiento en materia sancionadora. Medidas sancionadoras administrativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local.
Tema 26.–El ejercicio de la potestad normativa. Los principios de buena regulación. La planificación y evaluación normativa. La participación de los ciudadanos. La memoria de análisis de impacto normativo.
Tema 27.–La expropiación forzosa. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Garantías jurisdiccionales. La reversión expropiatoria. Referencia a las singularidades procedimentais.
Tema 28.–La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles. La acción de responsabilidad. Especialidades del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas.
Tema 29.–Los contratos del sector público: las directivas europeas en materia de contratación pública. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de él Sector Público.
Tema 30.–Tipos de contratos del sector público. Contratos sujetos la regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.
Tema 31.–Disposiciones generales sobre la contratación del sector público: racionalidad y consistencia, libertad de pactos y contenido mínimo del contrato, perfección y forma del contrato.
Tema 32.–Régimen de invalidez. Recurso especial en materia de contratación.
Tema 33.–Las partes en los contratos del sector público. Órganos de contratación. Capacidad y solvencia del empresario. Sucesión en la persona del contratista. Competencia en materia de contratación y normas específicas de contratación pública en las entidades locales.
Tema 34.–Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Preparación de los contratos de las Administraciones públicas: expediente de contratación, pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
Tema 35.–Adjudicación de los contratos de las Administraciones públicas: normas generales y procedimientos de adjudicación. El Perfil de Contratante. Normas específicas de contratación pública en las entidades locales.
Tema 36.–Efectos de los contratos. Prerrogativas de la Administración pública en los contratos administrativos. Ejecución de los contratos. Modificación de los contratos. Suspensión y extinción de los contratos. Cesión de los contratos y subcontratación.
Tema 37.–El contrato de obras. Actuaciones preparatorias del contrato de obras. Ejecución del contrato de obras. Modificación del contrato. Cumplimiento y resolución.
Tema 38.–El contrato de concesión de obras. Actuaciones preparatorias del contrato de concesión de obras. Efectos, cumplimiento y extinción de las concesiones. Construcción de las obras objeto de concesión. Derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la Administración concedente. Extinción de las concesiones.
Tema 39.–El contrato de concesión de servicios. Actuaciones preparatorias del contrato de concesión de servicios. Efectos, cumplimiento y extinción del contrato de concesión de servicios. Ejecución y modificación del contrato. Cumplimiento y resolución.
Tema 40.–El contrato de suministro. Ejecución del contrato de suministro. Cumplimiento y resolución. Regulación de determinados contratos de suministro.
Tema 41.–El contrato de servicios. Ejecución de los contratos de servicios. Resolución. Especialidades del contrato de elaboración de proyectos de obras
Tema 42.–Las formas de actividad administrativa. El servicio público. Concepto. Evolución y crisis.
Tema 43.–Las formas de gestión de los servicios públicos. A remunicipalización de los servicios públicos. La iniciativa económica pública y los servicios públicos.
Tema 44.–La actividad de policía: la autorización administrativa previa y otras técnicas autorizatorias tras la Directiva 123/2006/CE de Servicios. La policía de la seguridad pública. Actividad de fomento: sus técnicas.
Tema 45.–El patrimonio de las Administraciones Públicas. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico de él dominio público. Régimen de las autorizaciones y concesiones demaniales.
Tema 46.–El patrimonio privado de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Potestades de la Administración y régimen de adquisición, uso y enaxenación. La cesión de bienes y derechos patrimoniales.
Tema 47.–El patrimonio de las entidades locales: Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes. Los bienes comunales. El inventario. Los montes vecinales en mano común.
Tema 48.–Dominios públicos especiales. Aspectos esenciales de la regulación relativa a aguas, montes, minas, carreteras y costas.
Tema 49.–El régimen local: significado y evolución histórica. La Administración local en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.
Tema 50.–Las fuentes del derecho local. La Carta Europea de la Autonomía Local. Contenido. Posición y significación en el ordenamiento jurídico español. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local.
Tema 51.–La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El reglamento orgánico. Los bandos.
Tema 52.–El municipio: concepto y elementos. El término municipal: el problema de la planta municipal. Alteraciones de tener municipales. Legislación básica y legislación autonómica.
Tema 53.–La población municipal. El padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros. La participación vecinal en la gestión municipal.
Tema 54.–La organización municipal. El régimen común de Ayuntamiento. El ayuntamiento abierto. Otros regímenes especiales. Especialidades del régimen orgánico-funcional en los municipios de gran población.
Tema 55.–Régimen común: órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, pleno y junta de gobierno local. Órganos complementarios: comisiones Informativas y otros órganos. Régimen de sesiones de los órganos de gobierno local: convocatoria, desarrollo y adopción de acuerdos. Las actas.
Tema 56.–Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y competencias distintas de las propias. Los servicios mínimos.
Tema 57.–La sostenibilidad financiera de la hacienda local como presupuesto del ejercicio de las competencias. Los convenios sobre ejercicio de competencias y la prestación de servicios municipales.
Tema 58.–La provincia como entidad local. Organización. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y las diputaciones provinciales. Regímenes especiales. Las islas: los consejos y cabildos insulares.
Tema 59.–Las comarcas. Las mancomunidades de municipios. Las áreas metropolitanas. Entidades locales de ámbito inferior al municipio. Los consorcios: régimen jurídico. Sociedades interadministrativas.
Tema 60.–La fase de control del gobierno municipal en las sesiones. La moción de censura y a cuestión de confianza en el ámbito local.
Tema 61.–Impugnación de los actos y acuerdos locales y ejercicio de acciones. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales.
Tema 62.–Singularidades del procedimiento administrativo de las entidades locales. La revisión y revocación de los actos de los entes locales. Tramitación de expedientes. Los interesados. Abstenciones y recusaciones. Certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El registro de documentos. La utilización de medios telemáticos.
Tema 63.–El Reglamento General de Protección de Datos. Principios. Derechos del interesado. Responsable del tratamiento y encargado del tratamiento. Recursos, responsabilidad y sanciones. Disposiciones relativas a situaciones específicas de tratamiento
Tema 64.–La normativa estatal sobre transparencia, acceso a la información pública y bueno gobierno: objeto y ámbito subjetivo de aplicación. La publicidad activa. El derecho de acceso a la información pública. Régimen de impugnaciones. El Consejo de transparencia y buen gobierno.
Tema 65.–A formas de acción administrativa de las entidades locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Las autorizaciones administrativas: sus clases. El régimen de las licencias. La comunicación previa y la declaración responsable. La actividad de fomento de las entidades locales.
Tema 66.–La iniciativa económica de las entidades locales y la reserva de servicios en favor de las entidades locales. El servicio público en las entidades locales. Concepto. Las formas de gestión de los servicios públicos locales.
Tema 67.–El personal al servicio de las entidades locales: clases y régimen jurídico. La función pública local: clases de funcionarios locales. Los instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización.
Tema 68.–El acceso a los empleos locales: principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. La extinción de la condición de empleado público. El régimen de provisión de puestos de trabajo: sistemas de provisión. El contrato de trabajo. Lanas situaciones administrativas de los funcionarios locales.
Tema 69.–La relación estatutaria. Los derechos de los funcionarios locales. Derechos individuales. Especial referencia a la carrera administrativa y a las retribuciones. El régimen de Seguridad Social. Derechos colectivos. Sindicación y representación. El derecho de huelga. La negociación colectiva.
Tema 70.–Los deberes de los funcionarios locales. El régimen disciplinario. El régimen de responsabilidad civil, penitenciaria y patrimonial. El régimen de incompatibilidades.
Tema 71.–La prevención de riesgos laborales: marco legal y de desarrollo normativo de dicha prevención. Derechos y deberes de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Tema 72.–El presupuesto general de las entidades locales. Estructura presupuestaria Elaboración y aprobación: especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La prórroga del presupuesto. La ejecución y liquidación del presupuesto.
Tema 73.–Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria des entidades locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.
Tema 74.–La gestión y liquidación de recursos locales. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión dictados en materia de haciendas locales, tanto en municipios de régimen común como en municipios de gran población. La devolución de ingresos indebidos.
Tema 75.–Actividad subvencional de las Administraciones Públicas: tipos de subvenciones. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.
Tema 76.–La legislación urbanística vigente en Galicia. Régimen urbanístico del Suelo. Clasificación del suelo y régimen de las distintas clases y categorías.
Tema 77.–Planeamento autonómico y municipal. Límites de la sostenibilidad, cualidad de vida y cohesion social; Normas cualidad ambiental y paisajística. Reservas de vivienda protegida.
Tema 78.–Instrumentos de planeamento urbanístico de carácter general. Objeto, determinaciones y documentación.
Tema 79.–Planeamento de desarrollo del Plan Básico autonómico y de los planes generales de ordenación. Instrumentos. Objeto. Determinacions y documentación. Otras figuras de planeamento: Delimitación de SNR. Estudio detalle. Catálogos.
Tema 80.–Planteamiento y aprobación de los instrumentos de planeamento general. Avaliacion ambiental estratégica de los instrumentos de planeamento. Legislación concurrente estatal. Efectos de la aprobación. Vigencia. Registro de Planeamento urbanístico de Galicia. Vigencia y modificación de los instrumentos de planeamento. Efectos de la aprobación de los instrumentos de planeamento.
Tema 81.–Ejecución del planeamento urbanístico. Presupuestos de la ejecución. Ejecución y conservación de las obras de urbanización. Contenido del proyecto de urbanización y procedimiento de aprobación.
Tema 82.–Áreas de reparto. Concepto de aprovechamiento tipo. Polígonos de ejecución. Actuación aisladas. Reglas generales para a equidistribución. Contenido del proyecto de equidistribución. Procedimientos y criterios de aprobación. Efectos. Relaciones e interacciones con el Registro de la Propiedad.
Tema 83.–Sistemas de actuación. Clases de sistemas. Elección del sistema de actuación. Procedimientos de modificación. El sistema de cooperación y el sistema de concierto: características y fundamentos de cada uno de ellos. Proyectos y documentos derivados. Tramitación de los mismos, contenido.
Tema 84.–El sistema de expropiación: características y fundamentos, determinaciones generales. Tasación conjunta. Proyectos y documentos derivados, contenido; procedimiento de aprobación y efectos. Exclusiones.
Tema 85.–El sistema de compensación: concepto, características y fundamentos. El proyecto de estatutos y bases de la actuación: iniciativa, contenido, procedimiento de aprobación. La junta de compensación: constitución, naturaleza y facultades. El proyecto de compensación, contenido; procedimiento de aprobación y efectos.
Tema 86.–Obtención de terrenos destinados a sistemas generales y locales. Patrimonios públicos del suelo. Convenios urbanísticos.
Tema 87.–Intervención en la edificación y uso del suelo y disciplina urbanística. Órdenes de ejecución. Títulos habilitantes de naturaleza urbanística. Definición, determinaciones generales, procedimiento, tramitación y supuestos específicos de cada uno de ellos.
Tema 88.–Disciplina urbanística. Inspección urbanística, competencias. Protección de la legalidad urbanística. Reposición. Procedimiento. Supuestos. Ejecutividad. Régimen sancionador. Órganos competentes. Prescripciones
Tema 89.–El Plan General de Ordenación municipal vigente en el Ayuntamiento de Arteixo. Clasificación del suelo y regulación. Ordenanzas de aplicación. Régimen transitorio de aplicación según la legislación vigente.
Tema 90.–Reglamento integrado de las actividades económicas y apertura de establecimientos. El régimen de intervención administrativa en materia de espectáculos públicos y las actividades recreativas en la Comunidad Autónoma de Galicia. Incidencia de la ley 10/2017, de 27 de diciembre.
Tema 91.–Legislación de carreteras en Galicia. Clasificación de carreteras. Protección del dominio público viario, zonificación. Régimen de autorizaciones. Régimen de accesos. Travesías y tramos urbanos, consideraciones en el del suelo de núcleo rural.
Tema 92.–Legislación en materia de espaldas. Marco normativo. Objetivos. Competencias. Protección del dominio público, zonificación, reducciones. Régimen de usos y competencias administrativas, autorizaciones.
Tema 93.–Legislación en materia de aguas en Galicia. Marco legal. Objetivos. Competencias. Protección del dominio público, zonificación, reducciones. Régimen de usos y competencias administrativas, autorizaciones.
Tema 94.–La protección del patrimonio cultural en Galicia. Marco legal. Objetivos. Clasificación y categorización de bienes. Contornos y zonas de protección. Régimen de protección y conservación; los planes especiales de protección.
Tema 95.–La protección del paisaje en Galicia. Marco legal. Objetivos. Instrumentos de protección, gestión y ordenación del paisaje, contenido. La afición del POL en títulos habilitantes.
SEGUNDO.–Dar traslado de la presente Resolución al Dpto. de Personal para que procedan según los trámites oportunos.
TERCERO.–Dar traslado a la Xunta de Personal del Ayuntamiento de Arteixo.
En Arteixo, firmado digitalmente por el Sr./Sr. alcalde D. Carlos Calvelo Martínez, del que yo, Dña. Ana Ramos Ramos, como Secretaria General, doy fe. (Firmado a los efectos exclusivamente del artículo 3.2 del RD 128/2018, de 16 de marzo, y el artículo 2.1 del Decreto 24/2018, de 15 de febrero).
Arteixo, 7 de octubre de 2020.
Firma digitalmente: Carlos Calvelo Martínez, alcalde-presidente
2020/7068