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Municipal
Moeche
Bases de la convocatoria de ayudas en materia de educación del Ayuntamiento de Moeche, curso 2020-2021
ANUNCIO
Bases de la convocatoria de ayudas en materia de educación del Ayuntamiento de Moeche, curso 2020-2021
Por acuerdo de la Xunta de Gobierno Local adoptado en la sesión celebrada el día 4 de marzo de 2021, se aprobaron las Bases reguladoras y convocatoria de una línea de ayudas dirigidas a los estudiantes del término municipal para la realización de actividades relacionadas con la formación, desplazamientos por motivo de estudios y adquisición de equipamiento informático o tecnológico acomodado para seguir las clases en línea. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se publica el contenido íntegro de dichas bases.
Bases de la convocatoria de ayudas en materia de educación del Ayuntamiento de Moeche, curso 2020-2021
Primera.–Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria de ayudas favorecer la escolarización pública y formación universitaria en familias con menos recursos económicos del Ayuntamiento de Moeche mediante la concesión de ayudas a los estudiantes del término municipal para la realización de actividades relacionadas con la formación, desplazamientos por motivo de estudios y adquisición de equipamiento informático o tecnológico acomodado para seguir las clases en línea.
Segunda.–Destinatarios/las y requisitos
Para ser beneficiario/la de estas ayudas es preciso cumplir los siguientes requisitos:
la) Para solicitar las ayudas para realización de actividades relacionadas con la formación será preciso
· Que el alumno/la para lo cual se solicite la ayuda esté cursando estudios en el centro público de Educación Infantil y Primaria del Ayuntamiento de Moeche o estudios de ESO, Bachillerato, Formación Profesional, Universidad, enseñanzas superiores de música y artes escénicas y artes plásticas y diseño en cualquier centro de enseñanza pública.
· El alumnado cuyas necesidades educativas especiales impidan su escolarización en un centro ordinario del municipio podrá solicitar la ayuda para asistencia a un centro de educación especial, aunque no esté localizado en el Ayuntamiento.
Quedan excluidos de la presente convocatoria, los estudios postgrao.
b) Para la solicitud de ayudas de desplazamientos por motivo de estudios será preciso
· Que el alumno/la para lo cual si se solicite la ayuda esté cursando estudios en cualquier centro público de: Bachillerato, Formación profesional, Universidad, enseñanzas superiores de música y artes escénicas y artes plásticas y diseño. El alumnado cuyas necesidades educativas especiales impidan su escolarización en un centro ordinario del municipio, podrá solicitar la ayuda de transporte para asistencia a un Centro de Educación Especial, aunque no esté localizado en el Ayuntamiento.
· Que el/a alumno/la para lo cual se solicite la ayuda no supere los 25 años de edad y que no perciba ingresos económicos procedentes del trabajo.
· Que la renta per cápita familiar no supere los límites establecidos en la base quinta de la presente convocatoria.
· Estar empadronadas/los en el Ayuntamiento de Moeche por lo menos uno de los padres o tutores legales así como los/las alumnos/ las para los que se se solicite la ayuda. En el caso en que el alumno sea mayor de edad será suficiente con que esté empadronado en el Ayuntamiento el estudiante que solicita la ayuda.
Este requisito no será exigible en el caso de alumnos o alumnas que estudien en el CEIP Sano Ramón y pertenezcan a ayuntamientos limítrofes.
· Estar matriculado en el curso completo de los estudios que se realizan, excepto en el caso de cursar estudios universitarios, de enseñanzas superiores de música y artes escénicas y artes plásticas y diseño, en cuyo caso será necesario estar matriculado de, por lo menos, 30 créditos del curso correspondiente.
· En el caso de estudios postobligatorios, haber superado en el curso 2019-2020, al menos, el 50% de materias oficiales correspondientes.
· Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario/la, recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
c) Para la solicitud de la ayuda para la adquisición de equipamientos informáticos y tecnológicos, además de los requisitos anteriores, habrá que cumplir con los siguientes requisitos:
· No disponer de los medios informáticos o tecnológicos acomodados para seguir las clases en línea (declaración responsable).
· Que la adquisición del equipamiento se produjera entre 15 de marzo de 2020 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.
Tercera.–Solicitudes y documentación necesaria
la) Las solicitudes para la concesión de estas ayudas se formalizarán en el impreso normalizado que se incluye como anexo I. Podrán obtenerse en las oficinas municipales y en la pagina web municipal www.moeche.gal y se presentarán en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Moeche.
b) En caso de que en una misma unidad familiar existan varios alumnos o alumnas que opten a estas ayudas deberán de presentar una solicitud individualizada por cada uno de los alumnos/las que opten a ellas.
c) Junto con la solicitud, en el modelo normalizado y debidamente cubierto, se presentará la siguiente documentación:
· Fotocopias compulsadas del DNI del solicitante y del alumnado beneficiario.
· Fotocopia compulsada del libro de familia en que figuren todos los miembros de la unidad familiar.
· Certificado de empadronamiento colectivo
· Certificado de cuenta bancaria, expedido por la entidad bancaria a nombre del/la solicitante.
· Fotocopia de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2019 de todas las personas que convivan con el estudiante en el domicilio familiar. En caso de no estar obligada a presentar la declaración del IRPF, copia de la notificación, liquidación o certificado acreditativo del nivel de rentas emitido por la Agencia de Administración Tributaria que corresponda. En los casos de separación o divorcio se estará a lo previsto en la base 6ª para la determinación de los miembros de la unidad familiar.
· Certificado de la matrícula o informe expedido por el centro educativo que acredite la condición de alumno/a. En el caso de estudios universitarios deberá especificar el número de créditos del que esta matriculado el alumno y sí se trata de primera matrícula o posterior
· Para el caso de la adquisición de equipamientos tecnológicos, facturas de compra anome del solicitante o alguno de sus tutores, madre o padre
· Declaración responsable de estar al corriente con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas y de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, no tener deudas con el Ayuntamiento de Moeche y autorización al Ayuntamiento de Moeche para que realice las comprobaciones oportunas durante todo el período que dure el proceso, según anexo II. El Ayuntamiento podrá requerir de las personas solicitantes, en cualquier momento, aclaración de la documentación presentada y cualquier otra necesaria para la valoración de la solicitud.
· En el caso de los estudios post obligatorios.- Certificación acreditativa de las cualificación obtenidas en el curso 2019-2020.
· Declaraciones responsables según acechos III, IV
Cuarta.–Lugar y plazo de presentación de las solicitudes
La solicitud se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Moeche, de lunes a viernes, en horario de 9.00 la 14.00 horas, o a través de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o en la sede electrónica del Ayuntamiento www.moeche.gal
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de la provincia de A Coruña a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Quinta.–Cuantía de las ayudas
El Ayuntamiento de Moeche les abonará las ayudas a las personas solicitantes que reúnan los requisitos previstos en estas bases en los siguientes importes por alumno/la y curso, según la renta per cápita familiar en el año 2019 y en lo previsto en la base 6ª de la presente convocatoria.
En caso de que en una misma unidad familiar existan varios alumnos o alumnas que reúnan los requisitos para ser causantes de estas ayudas, se percibirá la cuantía que corresponda por cada uno de ellos, segundo lo establecido en esta convocatoria.
-Ayudas para la realización de actividades relacionadas con la formación:
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Enseñanza |
Renta per capita <6.000€ |
Renta per capita |
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Educación infantil |
125€ |
100€ |
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Educación primaria |
175€ |
125€ |
|
ESO y PCPI |
175€ |
125€ |
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Bachillerato y ciclos formativos |
225€ |
200€ |
|
Universidad y estudios superiores |
300€ |
200€ |
|
Educación especial |
175€ |
120€ |
- Ayudas por desplazamientos por motivo de estudios:
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Distancia |
Renta per capita <6.000€ |
Renta per capita |
|
Hasta 35 kilómetros |
150€ |
125€ |
|
Más de 35 y hasta 100 qm |
200€ |
150€ |
|
Más de 100 qm |
250€ |
200€ |
- Ayudas para la adquisición de equipamientos informáticos y tecnológicos:
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Equipamiento |
Renta per capita <6.000 € |
Renta per capita |
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1 |
Ordenadores de mesa, pantallas, portátiles |
Máximo 400 € |
Máximo 300 € |
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2 |
Tabletas |
Máximo 175 € |
Máximo 125 € |
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3 |
Gastos destinados a asegurar la conectividad suficiente a los recursos digitales (router, amplificadora señal, webcams, micrófonos, etc) |
Máximo 125 € |
Máximo 100 € |
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4 |
Impresoras |
Máximo 60 € |
Máximo 40 € |
Los apartados 1 y 2 son excluyentes, no pudiendo solicitarse simultáneamente
Sexta.–Valoración de las solicitudes
En la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta la renta per cápita familiar y el ejercicio fiscal 2019. La renta per cápita familiar englobará los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar divididos por el número de miembros computables.
Para lo previsto en estas bases se considera que componen la unidad familiar:
· Los padres no separados legalmente y, en su caso, el tutor/la o persona encargada de la guardia y protección del/la menor.
· Los/las hijo/las menores de edad, con excepción de los emancipados.
· Los/las hijos/las mayores de edad con discapacidad física, psíquica o sensorial o incapacitados judicialmente, sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada.
· Los/las hijos/las solteros/las menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar la 31 de diciembre del año inmediato anterior a aquel en el que comienza el curso escolar para lo cual se solicita la bolsa siempre que no tuvieran un contrato de trabajo o habían percibido recursos (excepto bolsas) durante el año 2019.
· Igualmente se entenderá que forma parte de la unidad familiar cualquier otra persona, con relación de parentesco que conviva en el mismo domicilio reflejado en el certificado empadronamiento)
· En caso de separación o divorcio, no se considerará miembro de la unidad familiar aquel que no conviva con la persona solicitante de la bolsa de ayuda. En cambio, sí tendrá la consideración de miembro computable lo nuevo cónyuge o persona unida al padre/madre y que sí conviva con el solicitante. La separación o divorcio se acreditará mediante sentencia judicial que determine aquella, o convenio regulador donde conste la custodia del menor.
· En caso de familias monoparentales, y a los efectos del cálculo de la renta per cápita, a lo que se refiere el paragrafo anterior, se incrementarán en un 0,8 el número real de miembros que componen la unidad familiar.
La base imponible vendrá determinada por la renta per cápita anual de la unidad familiar. A los efectos, tienen la consideración de ingresos la suma de la base imponible general (cuadro 392) con la base imponible del ahorro (cuadro 405), del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Excepcionalmente, si la unidad familiar alega una merma de un 20% o más de sus ingresos durante más de cuatro meses consecutivos y se mantuvieran en la fecha de inicio del plazo de solicitudes frente a los ingresos declarados en la declaración del IRPF 2019, podrán aportar esta documentación justificativa de dicha circunstancia para que se tenga en cuenta en la valoración.
Para las personas no obligadas a declarar, las bases imponibles a que se hace referencia se obtendrán como resultado de aplicarles los datos existentes en la Administración los criterios de la legislación del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Séptima.–Importe máximo y crédito presupuestario
El importe total para ayudas para la realización de actividades relacionadas con la formación y desplazamientos por motivo de estudios y adquisición de equipamiento informático y tecnológico asciende la 15.000,00€ que se ampliará hasta un máximo de 20.000,00 de ser necesario y se llevará a cabo mediante la tramitación de gasto que se imputará al crédito del ejercicio 2021, a la aplicación presupuestaria 326 48000, al amparo del establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley general de subvenciones (Real decreto 887/2006, de 21 de julio). De acuerdo con este, la concesión de las ayudas quieta condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
En caso de que las solicitudes aprobadas superen el importe máximo de gasto previsto, se procederá a reducir la cuantía asignada a cada categoría en el porcentaje correspondiente, en ningún caso la suma de las ayudas concedidas podrá superar el límite establecido de 20.000,00€.
Octava.–Del procedimiento de concesión de las ayudas
· Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, estas atardecer valoradas por los servicios sociales municipales conforme con los criterios establecidos en la base 6ª.
· La Xunta de Gobierno, aprobará, con base lo indicado informe la relación provisional de los estudiantes del término municipal beneficiarios de las ayudas para realización de actividades relacionadas con la formación, desplazamientos por motivo de estudios y adquisición de material y recursos tecnológicos.
· La aprobación de esta relación provisional se publicará en el tablero de edictos del Ayuntamiento y en la página web www.moeche.gal asimismo se les notificará personalmente a aquellas personas a que si les denegó la ayuda, abriéndose un plazo de 10 días, para presentación de reclamaciones, en el caso de aquellas personas los que le había sido denegada la ayuda el plazo de presentación de reclamaciones empezará a contarse desde el día siguiente el de la recepción de la notificación de la resolución
· En caso de que no se presenten reclamaciones en el período indicado se entenderá aprobada definitivamente la relación hasta ese momento provisional, en caso contrario los servicios sociales, una vez examinadas los alegatos presentados emitirán una propuesta definitiva y de sucesivo será aprobada por esta Junta de Gobierno
Novena.-Obligaciones de las personas beneficiarias
La concesión de la ayuda comporta las siguientes obligaciones:
· Seguir las directrices que se marcan en las presentes bases y destinar el importe de la ayuda en su integridad los gastos subvencionados.
· Cooperar con el Ayuntamiento de Moeche en cuantas actividades de inspección y verificación lleven a cabo, para asegurar el correcto destino de la ayuda.
· Las establecidas para los beneficiarios en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Décima.-Compatibilidad de las ayudas
Las ayudas concedidas en virtud de las presentes bases serán compatibles con cualquier otra ayuda que pueda percibir con la misma finalidad de otras entidades públicas o privadas, siempre que las ayudas concurrentes no superen los gastos subvencionados, de conformidad con el artículo 17.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Disposición adicional Las personas beneficiarias se encuentran sujetas al régimen de infracciones y sanciones que en materia de subvenciones establece el título IV de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia
Moeche, 9 de marzo de 2021.-
La alcaldesa
Beatriz Bascoy Maceiras
ANEXO I
SOLICITUD DE AYUDAS EN MATERIA DE EDUCACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MOECHE, CURSO 2020-2021
· DATOS DEL/A ALUMNO/A
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Apellidos y nombre |
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Dirección completa |
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Telefoneo |
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NIF |
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Correo electrónico |
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Apellidos y nombre del padre, madre y/o tutores/las legales |
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DNI del padre, madre y/o tutores/las legales |
· TIPO DE AYUDA
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Centro de estudios: |
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Estudios que realiza en el curso 2020-21 (marque con un X) |
· Educación infantil
· Educación primaria Curso:
· LO ERES- PCPI Curso:
· Bachillerato o ciclos formativos
· Universidad
· Enseñanzas superiores de música y artes escénicas y artes plásticas y diseño
· Educación especial
Marque con un X la ayuda que solicita:
· Realización de actividades relacionadas con la formación
· Desplazamientos por motivo de estudios
· Adquisición de equipamientos informáticos y tecnológicos
· DOCUMENTACIÓN APORTADA CON La SOLICITUD.
· Fotocopia del DNI del solicitante
· Fotocopia del libro de familia en el que figuren todos los miembros de la unidad familiar.
· Declaración responsable según el anexo III.
· Declaración responsable según el anexo IV.
· Certificado de empadronamiento colectivo
· Fotocopia de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2019, de los progenitores o tutores/las legales, así como de los miembros de la unidad familiar a los efectos de las ayudas; o copia de la notificación-liquidación o certificado acreditativo del nivel de rentas emitido por la Agencia de Administración Tributaria
· Certificado de la matrícula o informe expedido por el centro educativo con detalle del número de créditos en el caso de estudios universitarios
· En el caso de los estudios postobligatorios.- Certificación acreditativa de las cualificación obtenidas en el curso 2019-2020
· Facturas de compra de los equipamientos tecnológicos para los que se solicita la ayuda.
· Certificado de cuenta bancaria, expedido por la entidad bancaria a nombre del/la solicitante
· Otra documentación:
_______________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________
A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD), el/ la firmante autoriza el tratamiento de los datos personales (incluyendo su incorporación en los correspondientes ficheros) incorporados en la solicitud y en otros documentos normalizados relativos a la gestión de este expediente, para la finalidad para la que se utiliza el tratamiento de sus datos y para la gestión de su solicitud y darle cumplimiento a la normativa aplicable.
La/Lo firmante podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición relativo a este tratamiento del que y responsable el Ayuntamiento de Moeche, en los tener de la normativa vigente.
Moeche, de de 2021
Firma de lo/la solicitante
SEÑORA ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE MOECHE
ANEXO II
AUTORIZACIÓN PARA QUE El AYUNTAMIENTO DE MOECHE PUEDA SOLICITAR DATOS A la Agencia TRIBUTARIA RELATIVOS Al NIVEL DE RENTA (IRPF) Y Al CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Ayuntamiento de Moeche la solicitar de la Agencia estatal de Administración Tributaria información de naturaleza tributaria para el reconocimiento, seguimiento y control de la concesión de la convocatoria de ayudas los estudiantes del término municipal para la realización de actividades relacionadas con la formación y desplazamientos por motivo de estudios.
A presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento señalado y en aplicación de lo establecido por la disposición adicional cuarta de la Ley 40/1998, que mantiene su vigencia tras la entrada en vigor del Real decreto legislativo 3/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas, y en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, general tributaria, que permiten, después de la autorización de la persona interesada, la cesión de los datos tributarios que precisen las administraciones públicas para el desarrollo de sus funciones.
INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: datos que posea la Agencia Tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas del ejercicio 2019 y del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
• Datos de la persona solicitante de la ayuda detallada que otorga la autorización
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NOMBRE Y APELLIDOS |
NIF |
FIRMA |
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• Datos de otros miembros de la unidad de convivencia de la persona solicitante cuyos ingresos son contábeis para el reconocimiento, seguimiento o control de la ayuda (Solo mayores de 18 años)
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RELACIÓN CON La PERSONA SOLICITANTE |
NOMBRE Y APELLIDOS |
NIF |
FIRMA |
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NOTA.–La autorización concedida por la persona firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Moeche .
A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales (LOPD), consiento que estos datos sean incluidos en un fichero del que y titular el Ayuntamiento de Moeche puedan ser empleados con la finalidad de prestarme el servicio solicitado en esta instancia y declaro estar informado sobre los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que podré ejercitar en el domicilio social del Ayuntamiento de Moeche, San Ramón s/n , 15563 Moeche (A Coruña).
Consiento además que mis datos les sean comunicados a aquellos organismos y/o empresas que resulte necesario para tramitar el servicio/ayuda solicitado
Moeche, de de 2021
Firma del solicitante
ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE MOECHE
ANEXO III
Declaración responsable
Nombre y apellidos _______________________________________________________ , con NIF/pasaporte ______________,
padre, madre, tutor/la del/a alumno/a ___________________________________________________________________________.
Declaro:
1.- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
2.- No estar incurso/la en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/la de subvenciones públicas recogidas en los artículos 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia..
3.- estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Para los que solicitan ayuda para adquisición de equipamientos informáticos y tecnológicos,
Declaro:
No contar antes de 15 de marzo de 2020 con los medios tecnológicos necesarios y adecuados para el desarrollo de las clases en línea
AUTORIZO al Ayuntamiento de Moeche para que realice las comprobaciones oportunas en relación con los apartados anteriores, durante todo el período que dure el proceso de concesión y pago de las ayudas para el curso 2020/2021.
Moeche, de de 2021
Firma del solicitante
A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales (LOPD), el/la firmante autoriza el tratamiento de los datos personales (incluyendo su incorporación en los correspondientes ficheros) incorporados en la solicitud y en otros documentos normalizados relativos a la gestión de este expediente, que la finalidad para la que se utiliza el tratamiento de sus datos y para la gestión de su solicitud y cumplir la normativa aplicable. La/Lo firmante podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición relativo a este tratamiento del que y responsable el Ayuntamiento de Moeche, en los tener de la normativa vigente.
ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE MOECHE
ANEXO IV
Declaración responsable sobre percepción de ayudas.
Nombre y apellidos _______________________________________________________________, con DNI _________________
declaro de forma responsable los siguientes extremos:
NO solicité y/o me concedieron otras ayudas para el mismo concepto.
Solicité y/o me concedieron otras ayudas para el mismo concepto.
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Tipo de ayuda |
Organismo que la concede |
Cuantía concedida en euros |
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Firmo a presente declaración en
Moeche, el de de 2021
A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales (LOPD), el/la firmante autoriza el tratamiento de los datos personales (incluyendo su incorporación en los correspondientes ficheros) incorporados en la solicitud y en otros documentos normalizados relativos a la gestión de este expediente, que la finalidad para la que se utiliza el tratamiento de sus datos y para la gestión de su solicitud y cumplir la normativa aplicable. La/Lo firmante podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición relativo a este tratamiento del que y responsable el Ayuntamiento de Moeche, en los tener de la normativa vigente.
ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE MOECHE
2021/1956