Administración Local
Municipal
Miño
Anuncio de corrección de errores de las bases de convocatoria arquitecto técnico superior
Por decreto de la Alcaldía, de fecha 9 de agosto de 2019, se acordó lo que literalmente si transcribe a continuación:
“Después de ver las bases que regirán la convocatoria para la selección por el Ayuntamiento de Miño de un/ha funcionario/a interino/la perteneciente al Grupo La, Subgrupo 1, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, denominación Arquitecto/a Superior mediante el sistema de concurso-oposición libre, publicadas en lo BOP n.º 147, de 6 de agosto de 2019.
Después de ver que si detectó un error en el temario incluido cómo Anexo II (en el apartado B) Temas específicos) de la dicha convocartoria:
“(...)Tema 32. Normativa urbanística del Ayuntamiento de Cee.
Tema 33. Ordenanzas e instrucciones municipales en materia de urbanismo del Ayuntamiento de Cee (...)”.
Después de ver el dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme al cuál las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualesquier momento, de oficio o la instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes nos sus actos.
Visto cuanto antecede, y el decreto de la Alcaldía núm. 627/2019, del 08/08/2019, de avocación de competencias, esta Alcaldía, por la presente, resuelve:
PRIMERO.–Rectificar el temario incluido cómo Anexo II (en el apartado B) Temas específicos) de la convocatoria del procedimiento de selección de un funcionario interino de arquitecto superior, publicada en lo BOP n.º 147, de 6 de agosto de 2019, en los siguientes términos:
“(...)Tema 32. Normativa urbanística del Ayuntamiento de Miño.
Tema 33. Ordenanzas e instrucciones municipales en materia de urbanismo del Ayuntamiento de Miño (...)”.
SEGUNDO.–Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Miño, iniciandose nuevamente, a partir del día siguiente a la publicación en lo BOP, el plazo de presentación de instancias.
TERCERO.–Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la próxima sesión que si celebre.”
Miño, 9 de agosto de 2019.
El alcalde
Manuel Vázquez Faraldo
2019/6724